No está cubierta la rotura de huesos por accidente en los siguientes casos:
- Cuando el accidente que provoque la rotura de huesos ocurre antes de la contratación del plan
- Cuando la fractura no puede ser demostrada dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de haber ocurrido el accidente
- Cuando se presenten fisuras óseas, es decir, cuando haya grietas en el hueso o fractura incompleta que se caracteriza por la existencia de una línea de fractura que no circunscribe ningún fragmento óseo
- Cuando la fractura es a consecuencia de osteoporosis
- Cuando se presenten fracturas patológicas, es decir, cuando el hueso se rompe a consecuencia de la pérdida o disminución de su resistencia normal debido a una enfermedad, como tumores óseos, enfermedades del metabolismo, entre otros. Esto aplica incluso con actividades normales
- Cuando la fractura es a consecuencia de procesos de parto o de sus complicaciones
- Cuando la fractura es por efecto directo o indirecto, total o parcial, de las siguientes situaciones:
- Accidentes originados por participar en:
- Servicio militar, actos de guerra, actos terroristas, rebelión, motín, insurrección o tumulto popular, cuando el asegurado participe como elemento activo
- Riña provocada por el asegurado
- Navegación aérea no realizada en líneas de transporte comercial aéreo
- Práctica y/o entrenamiento de deportes de alto riesgo
- Práctica profesional de cualquier deporte
- Pruebas o contiendas de velocidad, resistencia o seguridad en vehículos de cualquier tipo
- Lesiones autoinfligidas, aun cuando sean cometidas en estado de enajenación mental.
- Intentos de suicidio, aun cuando se cometan en estado de enajenación mental.
- Lesiones sufridas por culpa grave del asegurado como consecuencia de estar bajo los efectos del alcohol o por el uso de drogas, estimulantes y/o somníferos, excepto si fueron prescritos por un médico autorizado para el ejercicio profesional.
- Psicopatías transitorias o permanentes y operaciones quirúrgicas o tratamientos, salvo que cualquiera de tales hechos sobrevenga como consecuencia inmediata de un accidente o del tratamiento de las lesiones por él producidas.
- Síncope, convulsiones, lipotimias o parálisis.
- Accidentes originados por participar en: